La PAH rompe con Colau por carta oficial
(Reproducción textual de la Carta en la web oficial de la PAH)
Carta de la PAH a Ada Colau (Textualmente)
Estimada Sra. Alcaldesa, Ada Colau
Como usted
ya sabe, en julio alcanzamos un hecho histórico: las PAHs de Catalunya
hicimos un paso de gigante consiguiendo que la ILP
de medidas urgentes para hacer...
02 de diciembre de 2015 (16:04 h.)
Carta de la PAH a Ada Colau (Textualmente)
Estimada Sra. Alcaldesa, Ada Colau
Como usted
ya sabe, en julio alcanzamos un hecho histórico: las PAHs de Catalunya
hicimos un paso de gigante consiguiendo que la ILP
de medidas urgentes para hacer frente a la emergencia habitacional y
contra la pobreza energética se convirtiera en la Ley 24/2015. Una ley
aprobada por unanimidad en el Parlamento de Catalunya y que hoy en día
es la ley más garantista de todo el Estado español para proteger el
derecho a la vivienda de las ciudadanas.
Con esta
ley, una vez más demostramos que la ciudadanía va por delante de
administraciones y gobiernos, demostramos que podemos hacer leyes desde
la calle, leyes que han venido para quedarse y proteger los derechos de
la ciudadanía en detrimento de los privilegios de unos pocos: las
entidades financieras y las empresas suministradoras de servicios
básicos. La ley 24/2015 supone un cambio de paradigma, ya que no hace
recaer todo el peso sobre la Administración Pública, sino que asegura
que aquellos que hacen negocio con un bien de interés general y de
primera necesidad tengan que asumir el coste que tiene haber por hacer
negocio con un derecho básico y que el realojamiento de las familias
afectadas vaya a cargo suyo. Es decir, ponemos fin a la lógica perversa
de la transferencia de recursos públicos a entidades privadas.
La
administración local es la administración que ha estado más desbordada
por la emergencia habitacional, una administración que durante años no
ha tenido herramientas suficientes para hacer frente al drama de los
desahucios. Ahora, desde agosto, tenemos la ley 24/2015 que otorga
herramientas para parar los desahucios, ya sean de hipoteca, alquiler u
ocupación, herramientas para eliminar la deuda de las familias, para
garantizar el realojo y la movilización de vivienda vacía, instando a
las entidades financieras y forzando a que los pisos pasen a cumplir su
función social. Ahora es el momento de utilizar estas herramientas,
pese a quien le pese.
Los municipios tienen un papel central en la aplicación de esta ley
Hace un
mes usted, Sra. Alcaldesa, anunciaba que el Ayuntamiento de Barcelona
estaba portando a término negociaciones con la SAREB para que se hiciera
la cesión de 500 pisos vacíos
que se encuentran en el municipio, que están incumpliendo la ley
24/2015 y sobre los cuales, por tanto, se puede hacer la cesión
obligatoria. En la misma rueda de prensa declaró que si la SAREB, así
como otras entidades bancarias, no daban respuesta a los requerimientos
del consistorio, se iniciarían las cesiones obligatorias de los pisos
vacíos que hay en Barcelona ¿Qué ha pasado con esto? ¿Se han iniciado
las cesiones? Nosotras ya lo decíamos, que no nos conformábamos con los
500 pisos de la SAREB, que lo queremos todo, queremos la cesión de todos
aquellos que están incumpliendo la ley, es decir, como mínimo de los
2.591 pisos que ya se sabe que están incumpliendo la ley en Barcelona.
Tenemos
el caso de Jorge, que fue a la mesa de emergencia, le concedieron el
derecho a tener un piso porque cumplía los requisitos, pero no le han
podido ofrecer una alternativa habitacional porque el ayuntamiento no
tiene viviendas. Lo mismo ha pasado con el desahucio que se ha producido
hoy, de una familia con tres menores a la que le ofrecen una pensión
por el mismo motivo. La realidad es tozuda, y nos demuestra que es
necesario y urgente hacer el desplegamiento total de la ley 24/2015 y
conseguir ya las cesiones obligatorias, que con la ley en la mano, ya
podrían haber comenzado.
El día a
día nos está demostrando que el Ayuntamiento de Barcelona no ha hecho
lo necesario para desplegar totalmente la ley 24/2015 ¿Por qué decimos
eso? Pues por la realidad diaria. De momento no ha habido ninguna
sanción a ningún gran tenedor que está desahuciando en nuestra ciudad.
En el caso de Jorge, por ejemplo, ya hemos parado dos desahucios en su
puerta, desahucio de un gran tenedor de vivienda que continua sin
ninguna sanción ¿Por qué el Ayuntamiento no ha sancionado todavía?
Es por eso, que le
pedimos, Sra. Alcaldesa, valentía política, determinación y que
garantice los derechos de las ciudadanas de Barcelona, que cumpla y haga
cumplir la ley 24/2015. Como usted ya dijo: o por las buenas o por la
ley.
Recordamos a la alcaldesa y al Ayuntamiento de Barcelona que la ley 24/2015 obliga a:
- Intervención para paralizar los desahucios controlando que en el caso de los grandes tenedores de vivienda se haga una oferta obligatoria de alquiler social, dentro de los parámetros que marca la ley 24/2015, y tal como establece la norma, sancionar al gran tenedor de vivienda que incumple este punto, con multas de 90.000.
- Conceder ayudas al pago del alquiler a las familias en riesgo de exclusión residencial cuando el propietario es un pequeño tenedor de vivienda.
- Cumplir con la obligación de realojar a las ciudadanas en riesgo de exclusión residencial en los casos que el propietario sea un pequeño tenedor de vivienda y en el resto de casos donde las personas están en riesgo de pérdida de vivienda (realojados, ocupaciones en precario..).
- Hacer los informes de riesgo de exclusión residencial y hacerlos en los tempos marcados por la ley, tanto para vivienda como para pobreza energética, para cumplir con el objetivo de protección que marca la norma.
- Controlar que las empresas suministradoras no corten los suministros sin aplicar el principio de precaución.
5.1 Aplicar las sanciones contempladas en el código de consumo cuando se vulnera el principio de precaución
5.2 Abrir las vías adecuadas para que las compañías apliquen las ayudas o descuentos para garantizar los suministros básicos.
- Iniciar las cesiones obligatorias durante tres años a los pisos de grandes tenedores de vivienda que están incumpliendo su función social para atender a las personas en situación de exclusión residencial.
6.1.
Iniciando inmediatamente las cesiones de todos los pisos que ya están
identificados en el registro de la Generalitat de Catalunya.
6.2.
Haciendo el censo de pisos vacíos en el municipio para poder hacer las
cesiones de todas las viviendas que están incumpliendo la ley.